Norma Internacional de Información Financiera
(NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades
<Sección 3>
Estados
Financieros:
Presentar razonablemente
la situación financiera de una entidad la cual requiere la representación de
los efectos de las transacciones, condiciones, de acuerdo con los criterios de
reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.
Cuando una
entidad no aplique un requerimiento de esta NIIF revelará:
Que la gerencia
ha llegado a la conclusión de que los estados financieros presentan
razonablemente la situación financiera.
Que se ha
cumplido con la NIIF para las PYMES, excepto que ha dejado de aplicar un
requerimiento concreto para lograr una presentación razonable.
Una entidad es un
negocio en marcha en caso que la gerencia tenga la intención de liquidarla, al
evaluar la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá
en cuenta toda la información disponible para el futuro, que deberá cubrir al
menos los doce meses siguientes a partir de la fecha sobre la que se informa.
Cuando se
modifique la clasificación de partidas de los estados financieros, una entidad
reclasificará los importes comparativos y revelara:
-La naturaleza de
la reclasificación.
-El importe de cada
partida que se ha reclasificado.
-El motivo de la
reclasificación.
La Identificación
de los estados financieros comprende
• El nombre de la
entidad que informa y cualquier cambio en su nombre.
• Los estados
financieros.
• La fecha del
cierre del periodo sobre el que se informa y el periodo cubierto por los
estados financieros.
La empresa
revelará en las notas lo siguiente:
-El domicilio y la
forma legal de la entidad.
-Una descripción
de la naturaleza de las operaciones de la entidad.
BIBLIOGRAFIA:
NIIF para PYMES:
Pág. 26 a 30
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