domingo, 27 de mayo de 2012


Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades
<Sección 3>

Estados Financieros:
Presentar razonablemente la situación financiera de una entidad la cual requiere la representación de los efectos de las transacciones, condiciones, de acuerdo con los criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.

Cuando una entidad no aplique un requerimiento de esta NIIF revelará:
Que la gerencia ha llegado a la conclusión de que los estados financieros presentan razonablemente la situación financiera.
Que se ha cumplido con la NIIF para las PYMES, excepto que ha dejado de aplicar un requerimiento concreto para lograr una presentación razonable.

Una entidad es un negocio en marcha en caso que la gerencia tenga la intención de liquidarla, al evaluar la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible para el futuro, que deberá cubrir al menos los doce meses siguientes a partir de la fecha sobre la que se informa.

Cuando se modifique la clasificación de partidas de los estados financieros, una entidad reclasificará los importes comparativos y revelara:
-La naturaleza de la reclasificación.
-El importe de cada partida que se ha reclasificado.
-El motivo de la reclasificación.

La Identificación de los estados financieros comprende
• El nombre de la entidad que informa y cualquier cambio en su nombre.
• Los estados financieros.
• La fecha del cierre del periodo sobre el que se informa y el periodo cubierto por los estados financieros.

La empresa revelará en las notas lo siguiente:
-El domicilio y la forma legal de la entidad.
-Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad.

BIBLIOGRAFIA:
NIIF para PYMES: Pág. 26 a 30

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